miércoles, 1 de febrero de 2012

EL DERECHO LABORAL EN LA CONSTITUCION

ENCÍCLICAS PAPALES
Son todas aquellas decisiones tomadas por la iglesia católica donde se busca respetar la dignidad humana.
Finalidad del Derecho Laboral:
Se divide en 3 Conceptos
a) La Justicia en las relaciones obrero patronales (Se busca el beneficio para ambas partes)
b) La coordinación económica( Donde se trabaje armónicamente)
c) Equilibrio Social( Busca evitar abuso entre los patrones hacia los obreros)

PARTE CONSTITUCIONAL DEL DERECHO LABORAL


Preámbulo: Asegura el trabajo para sus habitantes
Art 13: Igualdad  "A Trabajo Igual...Salario Igual"
Art 25: Derecho al Trabajo "Para todos se tiene que garantizar con protección especial del Estado".
Art 26: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. "Con limitaciones según su conocimiento"
Art 39: Los trabajadores y empleadores tienen  derecho  a  constituir sindicatos o  asociaciones,  sin  intervención del Estado.
Art 43: La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. 
Art 49: La atención  de  la salud y el saneamiento  ambiental son servicios públicos a cargo del Estado.  Se garantiza  a  todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
Art 50: Niño menor de un año que no este cubierto por algún tipo de protección y seguridad social deberá ser atendido de forma gratuita.
Art 53: PRINCIPIOS "Son mínimos fundamentales del trabajo"
  • Igualdad de oportunidades para los trabajadores; 
  • Remuneración  mínima  vital y móvil, proporcional a  la  cantidad y calidad  de trabajo; 
  • Estabilidad en  el empleo; 
  •  Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos
  • Establecidos  en  normas laborales; 
  • Facultades para  transigir y conciliar  sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; 
  • Primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; 
  • Garantía  a  la  seguridad  social, la  capacitación,  el adiestramiento  y el descanso necesario; 
  • protección  especial a  la mujer,  a  la maternidad y al trabajador menor de edad.

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